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CESE DE AUTÓNOMOS: PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR CESE DE ACTIVIDAD

Qué es la prestación extraordinaria por cese de actividad aprobada como medida frente al COVID19 y cómo solicitarla

Si tienes un negocio y estás dado de alta como profesional autónomo seguramente esta situación generada por el COVID19 te esté generando mucha incertidumbre, e incluso quizás, debido a la bajada de ingresos, te estés planteando darte de baja y paralizar la actividad para controlar los gastos. 

Si ese es tu caso es importante que sepas que en el paquete de medidas urgentes aprobadas se incluye una prestación extraordinaria por cese de actividad.

Antes de nada ten en cuenta que para acceder a esta prestación tienes que darte de baja de la actividad, y que si decides seguir adelante no tendrás más remedio que seguir pagando la cuota de autónomos, sean cuales sean tus intresos. 

Venga. Vamos al lío:

REQUISITOS PARA PODER ACCEDER A ESTA PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA

  • Estar afiliado y en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores autónomos o de los trabajadores del Mar, o ser estar asociado a una cooperativa cotizando como aútónomo.
  • Estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.
  • No estar recibiendo ninguna otra prestación como por ejemplo la prestación por maternidad, o si estás de baja temporal.
  • Haber subrido una reducción en los ingresos de al menos el 75% respecto a la media de los 6 meses anteriores.

Si tienes derecho a recibir esta prestación es importante que sepas que podrás cobrarla durante un mes, o hasta que acabe el mes en el que termine este estado de alarma. Es decir que si (crucemos los dedos para que no sea así) este estado de alarma se alargase hasta el 15 de mayo, podrías cobrar la prestación extraordinaria hasta el día 31 de ese mes.

Recuerda también que recibirás como prestación el 70% de la media de la base de cotización que hayas tenido durante los últimos 12 meses (si no puedes ddemostrar que has estado 12 meses cotizando será el 70% de la base mínima).

En realidad la mayoría de las personas autónomas cotizamos por la base mínima, que el año pasado era de 944€. Esto quiere decir que, si como la mayoría, has estado pagando el mínimo de cuota de autónomo (o sea, cotizando por la base mínima) recibirás como prestación 661€ al mes. 

Para solicitar la prestación tienes que dirigirte a tu mutua (puedes consultar cuál es la tuya echando un vistazo al documento de alta de autónomos) y, si tienes dudas, puedes dirigirte a cualquier PAE o, si formas parte de la red "La Era Rural" (puedes darte de alta aquí), utilizar el servicio de asesoria gratuita que hemos puesto en marcha y al que puedes dirigirte a través de la zona privada de la plataforma o escribiendo a hola@laerarural.es 

¡Mucho ánimo!